Declarar TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO (artículo 90 de la Ley 1952 de 2019) y ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (artículo 224 del Código General Disciplinario).
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Auto No. 199 de noviembre 28 de 2023
003-2020
Declarar TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO (artículo 90 de la Ley 1952 de 2019), ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (artículo 224 del Código General Disciplinario) o FORMULAR PLIEGO DE CARGOS (artículo 223).
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Auto No. 200 de noviembre 29 de 2023
074-2023
INHIBIRSE de plano de iniciar acción disciplinaria, por ausencia de ilicitud sustancial, respecto de la extemporaneidad de ciento cincuenta y dos (152) peticiones (artículo 9º y artículo 209 de la Ley 1952 de 2019)
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Auto No. 197 de noviembre 24 del 2023
049-2021
Declarar TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO (artículo 90 de la Ley 1952 de 2019) y ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (artículo 224 del Código General Disciplinario).
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Auto No. 190 de noviembre 15 de 2023
059-2023
Declarar TERMINAClON DEL PROCESO DISCIPLINARIO (artlculo 90 de la Ley 1952 de 2019) y ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (artlculo 224 del Cbdigo General Disciplinario).
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Auto No. 189 de noviembre 14 de 2023
072-2023
Proferir AUTO INHIBITORIO con fundamento en el artículo 209 de la Ley 1952 de 2019, concordante con el artículo 38 de la Ley 190 de 1995 y artículo 27 de la Ley 24 de 1992.
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Auto No. 185 de noviembre 7 de 2023
193-2019
Declarar TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO (artículo 90 de la Ley 1952 de 2019) y ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (artículo 224 del Código General Disciplinario).
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Auto No. 180 de octubre 30 de 2023
043-2023
Declarar TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO (artículo 90 de la Ley 1952 de 2019) y ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (artículo 224 del Código General Disciplinario).
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Auto No. 167 de octubre 10 de 2023
018-2023
Declarar TERMINACI N DEL PROCESO DISCIPLINARIO (articulo 90 de la Ley 1952 de 2019) y ordenar ARCHIVO DEFINITIVO (articulo 224 del Códi o General Disci linario .
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Auto No. 172 de octubre 18 de 2023
063-2023
INHIBIRSE de plano de iniciar acción disciplinaria, por ausencia de ilicitud sustancial, respecto de la extemporaneidad de noventa (90) peticiones (artículo 9º y artículo 209 de la Ley 1952 de 2019)